Consagrado el derecho a la Huelga, impulsaremos el inmediato cumplimiento del mandato constitucional de su Reglamentación, olímpicamente ignorado por Gobiernos presididos por representantes de los tres grandes Partidos.
Asimismo, proclamamos:
La indivisibilidad del derecho de Huelga y la necesaria equidistancia de las organizaciones sindicales de toda práctica ideológica, política y electoral; remitiéndose en su actuación a la finalidad que le es reconocida por el Derecho Internacional del Trabajo.
La necesaria regularización de la insólita situación jurídica de la Central sindical, que no tiene personería jurídica ni es abarcada por estatutos mínimamente democráticos ni pautados por las obligaciones y garantías mínimas prescritas por la Constitución y la Ley electoral.
Que el derecho de Huelga no tiene preeminencia por sobre los derechos al trabajo y a la propiedad que prevé el Art. 7 de la Constitución de la República, debiendo garantizarse ambos ante el ejercicio del que reconoce y mandata reglamentar en el Art. 57.
En recuerdo de los trabajadores caídos a manos de criminales, reiteramos:
Para asegurar los derechos a la vida, el honor, la libertad, la seguridad y la propiedad, nos comprometemos a impulsar el libre porte de armas para ciudadanos sin antecedentes violentos ni patologías psiquiátricas; así como el derecho a no retroceder ante una agresión ilegítima a la integridad física, libertad o propiedad.
Este 1º de Mayo, Libertad y Solidaridad; ambas hacen falta.
En Asamblea de Afiliados
Agrupación Libertad